Cómo proteger tu anticipo antes de firmar el precontrato
En el precontrato transfieres miles o decenas de miles de euros a una persona a la que muchas veces solo has visto una vez. Ese dinero está protegido exactamente en la medida en que lo establece el documento y en que hayas comprobado antes. Esta guía te muestra ambas partes: qué escribir y qué comprobar.

- La denominación de la cantidad importa: el anticipo suele devolverse; las arras pueden perderse o reclamarse por duplicado (art. 1544-1546 del Código civil).
- Cada supuesto de bloqueo (préstamo rechazado, hipoteca sin cancelar, documentos que faltan) debe tener en el precontrato una respuesta escrita sobre el dinero.
- La anotación de la promesa en el registro de la propiedad (art. 906 del Código civil) la hace visible para cualquiera que solicite un extracto CF y desincentiva la venta a otra persona.
- Comprueba al vendedor (litigios, insolvencia, empresa) y el inmueble (cargas en CF, riesgos) ANTES del pago, no después.
Qué decides antes de transferir el anticipo
El dinero entregado en el precontrato se protege mediante tres elementos: el régimen escrito del importe, la comprobación del vendedor y la situación real del inmueble.
Verifi te ayuda a preparar las preguntas correctas y a ver los indicios importantes. Para situaciones jurídicas complejas, aclara la decisión de firmar con tu notario o abogado.
El anticipo se protege por escrito, antes del pago
Una vez que el dinero ha salido, pierdes tu posición negociadora. Todo lo que te proteja debe establecerse antes de firmar.
Si un escenario no tiene una respuesta escrita en el precontrato, la respuesta real solo llega cuando surge el conflicto.
- 75 lei/inmueble - anotación de la promesa en el registro de la propiedad, que la hace oponible a terceros (375 lei en trámite urgente) (Orden de ANCPI 16/2019)
- 6 meses - plazo para solicitar al tribunal la resolución que sustituye al contrato, desde la fecha en que debía firmarse (art. 1669 del Código civil)
- Hipoteca legal - garantía del promitente comprador sobre el inmueble por las cantidades pagadas a cuenta del precio (art. 2386, punto 2, del Código civil)
- 20 lei en línea - el extracto CF para información, que puede solicitar cualquier persona para cualquier inmueble (Orden de ANCPI 16/2019)
1. Por qué el anticipo es el dinero más expuesto de la transacción
El precontrato (promesa de compraventa) no transmite la propiedad. En los inmuebles, la propiedad solo se transmite mediante el contrato de venta formalizado en documento auténtico ante notario, y la inscripción en el registro de la propiedad lo hace oponible a terceros. Hasta ese momento, el dinero que has pagado es un simple crédito: si surge un problema, no tienes el inmueble, solo el derecho a reclamar tu dinero al vendedor.
En el contrato final, el notario comprueba los documentos, el extracto para autenticación y la identidad de las partes. En el precontrato, especialmente si se firma en documento privado, nadie comprueba nada por ti. Por eso, la protección del anticipo tiene dos mitades que no se sustituyen entre sí: lo que escribes en el documento y lo que compruebas antes de pagar.
Referencias oficiales: Código civil, art. 1244 (forma auténtica para la transmisión de derechos reales inmobiliarios), art. 1279 y art. 1669 (promesa de contratar y promesa de venta).
2. Anticipo o arras: la denominación de la cantidad decide qué recuperas
Un anticipo es un pago parcial del precio. Si el precontrato queda sin efecto, por regla general se devuelve el anticipo como parte de la restitución de las partes a la situación anterior. Los tribunales, incluida Înalta Curte, han confirmado que, a falta de una cláusula expresa de arras, la cantidad pagada es un simple pago parcial del precio. Por sí mismo, el anticipo no sanciona a nadie: si quieres sanciones para la parte que bloquee la transacción, deben establecerse por separado.
Las arras son otra cosa. El Código civil les atribuye un régimen propio, con dos variantes. Arras confirmatorias (art. 1544): si tú incumples tus obligaciones sin justificación, el vendedor puede declarar la resolución y retener las arras; si es el vendedor quien incumple, tú puedes declarar la resolución y reclamar el doble de las arras. Arras de desistimiento (art. 1545): si el contrato estipula expresamente el derecho de una o ambas partes a desistir, quien desista pierde las arras entregadas o, en su caso, devuelve el doble de las recibidas.
También existe una red de seguridad: las arras se devuelven cuando el contrato se extingue por causas que no generan responsabilidad para ninguna de las partes (art. 1546). El problema práctico es que las partes discuten precisamente sobre quién tiene la culpa, así que no te bases en el artículo legal: escribe los supuestos en el contrato, como muestra la siguiente sección.
Referencias oficiales: Código civil, art. 1544-1546. Revisa la redacción exacta de tu documento con el notario o un abogado antes de firmar.
3. Las cláusulas que te protegen: supuestos escritos, no promesas verbales
La regla sencilla: cada supuesto que pueda bloquear la transacción debe tener en el precontrato una respuesta escrita a la pregunta «qué ocurre con mi dinero». Las cláusulas suspensivas son el instrumento principal: la obligación de seguir adelante depende de un acontecimiento claro, con plazo, documento acreditativo y destino del dinero establecido por escrito para ambas posibilidades.
Para cantidades elevadas, pregunta al notario por un pago controlado: cuenta de depósito en garantía u otro mecanismo por el que el dinero no se entregue incondicionalmente al vendedor antes de que los documentos estén en orden. El coste de un acuerdo así es pequeño frente al riesgo de tener que perseguir el dinero mediante un proceso judicial.
4. Las garantías legales que pocos compradores utilizan
La primera es la anotación de la promesa en el registro de la propiedad (art. 906 del Código civil). La promesa de venta puede anotarse en CF si el promitente está inscrito como titular del derecho y si el precontrato fija por escrito un plazo para celebrar el contrato final: sin ese plazo, OCPI rechaza la solicitud de anotación. La anotación puede solicitarse en cualquier momento dentro del plazo, pero no más tarde de 6 meses después de su vencimiento. El efecto: la promesa pasa a ser oponible a terceros. Cualquiera que solicite un extracto CF la ve, y un segundo comprador ya no puede alegar que la desconocía.
La segunda es la hipoteca legal del promitente comprador (art. 2386, punto 2, del Código civil): por las cantidades pagadas a cuenta del precio, la ley te concede una hipoteca sobre ese inmueble para el caso de que no se cumpla la promesa. Es una garantía real, no solo un crédito: te sitúas por delante de los acreedores ordinarios del vendedor. No se inscribe de oficio: debe solicitarse a OCPI por separado de la anotación de la promesa, y para su inscripción registral la práctica notarial exige un precontrato en forma auténtica. Garantiza únicamente las cantidades pagadas a cuenta del precio, no las penalizaciones ni otros daños y perjuicios.
La tercera es la ejecución forzosa de la promesa: si el vendedor se niega injustificadamente a celebrar el contrato final, el tribunal puede dictar una resolución que sustituya al contrato a petición de la parte que haya cumplido sus propias obligaciones, si se cumplen todas las demás condiciones de validez. El derecho a esta acción prescribe en un plazo de 6 meses desde la fecha en que debía celebrarse el contrato (art. 1669 del Código civil).
Referencias oficiales: Código civil, art. 906, art. 2386, punto 2, y art. 1669. La anotación y la inscripción de la hipoteca legal se realizan a través del registro de la propiedad; el notario puede ayudarte con ambas al firmar el precontrato en forma auténtica.
5. Qué comprobar sobre el vendedor antes de transferir el dinero
El anticipo se envía a una persona o a una empresa, no a un inmueble. Si el vendedor tiene procesos pendientes, ejecuciones o una empresa en insolvencia, recuperar el dinero pasa de ser una formalidad a una maratón. Las fuentes públicas te muestran los principales indicios antes del pago:
- Litigios: en portal.just.ro puedes buscar gratuitamente procedimientos judiciales por el nombre de la persona o de la empresa. Te interesa su condición de demandado, las ejecuciones forzosas y los litigios que afectan a inmuebles.
- Insolvencia: para empresas, Buletinul Procedurilor de Insolvență (BPI) y el registro de ONRC muestran los procedimientos de insolvencia o quiebra. Un promitente vendedor en insolvencia significa que tu dinero concurre con el de los demás acreedores.
- Empresa vendedora: situación en ONRC (activa, disolución, cancelación registral), administradores con facultad de firma y deudas fiscales visibles públicamente en ANAF.
- Persona física: copropietarios y cónyuge. Para los bienes comunes, la venta del inmueble sin el consentimiento del otro cónyuge puede anularse (art. 346-347 del Código civil), por lo que ambos deben firmar el precontrato.
Las comprobaciones por nombre tienen una limitación que es justo que conozcas: la homonimia. Dos personas con el mismo nombre pueden aparecer en el mismo portal, así que los resultados se interpretan junto con los demás documentos, no de forma aislada. Más detalles en las guías sobre comprobación del vendedor persona física y comprobación del propietario empresa.
6. Qué comprobar sobre el inmueble: las cargas en CF y los riesgos
Cualquier persona, no solo el propietario, puede obtener un extracto del registro de la propiedad para información reciente. El destinado a autenticación, utilizado al firmar el documento final, solo se obtiene a través del notario. El extracto para información es una fotografía del registro de la propiedad en el momento de su emisión y no bloquea CF, por lo que la comprobación se repite cerca de la firma. Antes del anticipo, es el filtro mínimo: la Parte III muestra las hipotecas, prohibiciones, embargos, litigios anotados y posibles promesas anotadas para otros compradores.
- La hipoteca existente no bloquea automáticamente la venta, pero exige un mecanismo escrito de cancelación antes de aceptar cualquier plazo.
- Las prohibiciones de enajenar, los embargos y las ejecuciones forzosas son señales para detenerse hasta aclararlo todo.
- Las deudas fiscales locales bloquean el documento: desde 2026, tanto el vendedor como el comprador necesitan un certificado acreditativo de la situación fiscal (OUG 7/2026), bajo sanción de nulidad del documento.
- Los riesgos físicos del inmueble siguen siendo tuyos después de comprar: conviene comprobar la clase de riesgo sísmico y la exposición a inundaciones antes de comprometer el dinero, no después.
7. Los pasos concretos, en orden, antes de firmar
Sitúa también el presupuesto en su contexto antes de firmar: puedes estimar los costes completos de la compra con la calculadora de coste total y los gastos de la autenticación con la calculadora de gastos notariales.
Esta guía es informativa y no sustituye al asesoramiento jurídico. Para cantidades elevadas o situaciones atípicas, analiza las cláusulas con el notario y un abogado antes de transferir dinero.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre anticipo y arras?
El anticipo es un pago parcial del precio: si la venta no llega a formalizarse, por regla general se devuelve, pero no sanciona por sí mismo a nadie. Las arras tienen un régimen especial en el Código civil (art. 1544-1546): la parte que incumple sus obligaciones puede perder las arras entregadas o estar obligada a devolver el doble de las recibidas.
¿Recupero el dinero si el banco rechaza mi préstamo?
Solo si el precontrato lo establece. Sin una cláusula escrita que vincule la cantidad pagada a la aprobación del préstamo, la negativa del banco no te libera automáticamente de tus obligaciones y las arras pueden retenerse. Solicita una cláusula suspensiva de financiación, con plazo y documento acreditativo.
¿Qué ocurre si el vendedor cambia de opinión?
Si la cantidad se entregó como arras confirmatorias, puedes declarar la resolución y reclamar el doble de las arras (art. 1544 del Código civil). Como alternativa, si se cumplen las condiciones, puedes solicitar al tribunal una resolución que sustituya al contrato de venta, en un plazo de 6 meses desde la fecha en que debía celebrarse el contrato (art. 1669 del Código civil).
¿Cómo impido que el vendedor venda a otra persona después del precontrato?
Solicita la anotación de la promesa de venta en el registro de la propiedad (art. 906 del Código civil). La anotación hace que la promesa sea oponible a terceros: cualquiera que solicite un extracto CF la ve y un comprador posterior ya no puede alegar que la desconocía.
¿De cuánto debería ser el anticipo?
La ley no impone un mínimo ni un máximo. En la práctica, se utilizan con frecuencia cantidades de alrededor del 5-10% del precio. Cuantas más incógnitas queden (hipoteca pendiente de cancelación, documentos que faltan, litigios), menor debería ser la cantidad pagada antes de aclararlas.